derechos y deberes de los socios
Artº 33 DERECHOS
Son derechos de los socios:
a) Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho al voto, así como a asistir a la Asamblea
General, de acuerdo con los Estatutos.
b) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
c) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
d) Acceder a la documentación de la Asociación a través de la Junta Directiva.
e) Usar los bienes e instalaciones de uso común de la Asociación, con respeto a igual derecho del resto de los socios.
f) Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
Artº 34 DEBERES
Son deberes de los socios:
a) Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los
Estatutos, puedan corresponder a cada socio.
c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General.